Tintometer

Compliance

Declaración REACH

Resultados

(según REACH: „Objeto que durante la fabricación de una forma determinada obtiene una superficie o diseño determina su función en mayor medida que la composición química“.)

El Grupo Tintometer es fabricante y distribuidor de productos denominados como „Productos“ en el sentido químico-legal.

La publicación de „Lista de candidatos“ según el artículo 59(1) de la Directiva Europea 1907/2006 (REACH) promulga una serie de obligaciones en el mercado europeo.

Se trata de materiales que han sido inscritos por la Agencia Europea de Materiales Químicos (ECHA) en la lista de candidatos para materiales especialmente peligrosos (SVHC) sujetos a autorización [Artículos 33, 57 y 59 (1)] así como los materiales relacionados en el Anexo XIV (Artículo 58).

Basándose en la información de la que disponemos nosotros y nuestros proveedores en relación con la composición de los materiales, los productos de Tintometer no contienen ningún material peligroso en un porcentaje másico mayor que 0,1 %.

Como partimos de la premisa de que ninguno de los materiales que contienen nuestros productos son los arriba mencionados, renunciamos al análisis de nuestros materiales y productos finales.

En un proceso continuo, comprobamos constantemente la lista de candidatos ECHA en busca de anexos y actualizaciones, nos mantenemos en estrecho contacto con nuestros proveedores y tratamos correspondientemente las normas REACH.

Además no está previsto realizar en nuestros productos ninguna liberación de materiales en condiciones normales y adecuadas de uso. Por tanto, se cumple el requisito de REACH Artículo 7 (1) (b) para el registro de los materiales contenidos en estos productos.

http://echa.europa.eu/es/candidate-list-table;jsessionid=A045583213D2AB63C0AA3F0962F8D357.live2


 

REACH – Guía sobre materiales especialmente peligrosos

Mezcla / Material / Reactivo

(según la definición de mezcla de REACH: „Mezclas o soluciones que constan de dos o más elementos“.)

En la cadena de suministro recogemos y transmitimos información constantemente, todas las utilizaciones se identifican o comunican, o bien se han identificado o comunicado previamente.

Después de que un material haya sido añadido a la lista de candidatos de materiales peligrosos (SVHC – Substances of Very High Concern), los proveedores europeos y del EEE de compuestos mixtos clasificados según la Directiva VO 1272/2008 como materiales no peligrosos deben poner a disposición de las empresas receptoras, a petición de estas, una hoja de datos de seguridad si dichos compuestos mixtos contienen al menos un material de la lista de candidatos y su concentración individual del 0,1 % (w/w).

Para materiales especialmente peligrosos (SVHC) es necesario elaborar como norma general una hoja de datos de seguridad.

Nuestros reactivos son prácticamente todos compuestos mixtos. Para ofrecer a nuestros clientes una mayor seguridad durante el uso, facilitamos como norma general para cada reactivo una hoja de datos de seguridad conforme a las directrices REACH.

La Directiva CLP (VO 1272/2008) se encuentra en estrecha similitud con la normativa REACH. Nuestros compuestos mixtos se clasifican según estas directrices legales. Para más información sobre la clasificación y designación de nuestros reactivos, consulte la hoja de datos de seguridad.


 

Instrucciones para el uso de materiales conflictivos

por el Grupo Tintometer

El 22 de agosto de 2012, la SEC (Comisión de Valores de Estados Unidos) publicó algunas directrices adicionales relacionadas con la Ley de reforma de Wall Street y de protección al consumidor. Esta normativa obliga a las empresas que cotizan en la bolsa estadounidense a publicar su uso de materiales conflictivos de la República Democrática del Congo (DRC) y países colindantes.

Estos materiales son: tantalio, estaño, oro y wolframio

La Ley Dodd-Frank obliga a minimizar la financiación a las milicias y rebeldes congoleños y contribuye a paliar el conflicto.

Las empresas del Grupo Tintometer se sienten obligadas a tratar con responsabilidad los recursos naturales. Al seleccionar proveedores para nuestros productos (aparatos y sustancias químicas) procuramos observar estrictamente este código de conducta y cumplimiento. Como empresa que cotiza en bolsa, no estamos obligados a la publicación de esta información, aunque a pesar de ello deseamos asegurarnos de que nuestros socios se sienten igual de obligados que nosotros a cumplir las mismas normas y regulaciones.

Por tanto, la dirección de la empresa ha decidido tomar las siguientes medidas:

  1. La dirección del Grupo Tintometer decide aplicar un paquete de medidas sobre el trato de los materiales conflictivos.
  2. Identificamos el uso de materiales críticos en nuestra cadena de suministro.
  3. La selección de proveedores (futuros) se realiza con la mayor diligencia para asegurarnos de que no se utilicen los materiales conflictivos arriba mencionados.
  4. Nuestro departamento de compras se pone en contacto con todos los proveedores ya existentes para solicitarles información sobre el uso o aplicación que ellos hacen de estos materiales críticos. De este modo podemos entregar a nuestros clientes los resultados obtenidos de un proceso en curso.

Todos los proveedores del Grupo Tintometer se atienen a aplicar unas directrices equivalentes y a solicitar que también sus proveedores las cumplan con diligencia.

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